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Ayer 25 de febrero,la comision negociadora del convenio y la direccion del instituto con las secciones sindicales CCOO,UGT y USOC firmamos un preacuerdo de convenio colectivo.
El Miercoles 27 de febrero se celebrara una asamblea general, para someter el preacuerdo para la ratificacion del mismo.
VOTA SI AL PRE-ACUERDO
dimarts, 26 de febrer del 2013
NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO
(ACUERDOS EN TIEMPOS DE CRISIS)
-ESTADO DE LA NEGOCIACIÓN
Finalmente después de las últimas reuniones y
en concreto la de ayer día 25 de febrero, han permitido la elaboración del
preacuerdo y su firma por la mayoría del Comité constituida por los sindicatos
CC.OO., UGT y USOC. De forma específica y sobre los puntos más relevantes se ha
acordado lo siguiente:
VIGENCIA
La vigencia de este Convenio
será de cinco años, y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2015, con efectos
económicos a 1 de enero de cada año.
PLANTILLA
Compromiso de estabilidad en
el puesto de trabajo de las personas que integraban la plantilla del Instituto
en fecha 06/11/2011 hasta la normalización de su situación laboral mediante los
mecanismos habituales establecidos en el actual convenio colectivo. Esto
implica el reingreso de todo el personal despedido por extinción de su contrato
de relevo.
JUBILACIÓN PARCIAL Condiciones
de aplicación más importantes:
-Período máximo de espera
para jubilación parcial: 5 meses
-Contratación de los
despedidos y de los relevistas actuales: al 100% de la jornada.
-Transcurridos los 5 meses
utilización de la Bolsa existente en el Instituto para peones y administrativos
al 100% de la jornada siempre que no suponga un gasto excesivo. Para técnicos
utilización de la bolsa del Ajuntament de Barcelona.
JORNADA LABORAL
1-
Art.
31 del Convenio:
-Jornada ordinaria: 35 horas
semanales durante todo el año y de lunes a viernes con horario de 8 a 15 horas.
-Jornada especial
dedicación: 40 horas semanales de lunes a viernes de carácter voluntario y
horario definido por su colectivo o puesto de trabajo concreto sin que el
número de personas que lo realicen sobrepase el existente a la firma del
presente acuerdo.
2- De forma transitoria en aplicación del Real
Decreto 20/2012 (jornada de 37,5 h.) se
acuerda lo siguiente:
-No se realizará el cuarto
de hora último, medida aplicable a todo el personal.
-Horario de 8 a 15 horas
desde Sant Joan a La Mercè y durante los dos turnos de Semana Santa y Navidad
para todo el personal y adaptable así mismo al resto de turnos (4 meses).
-Horario de 7,45 a 15 horas
el resto del año para todo el personal y adaptable así mismo al resto de turnos
(8 meses). (La realización del cuarto de
hora inicial será compensada con 4 días de libre disposición bajo el concepto
de formación on-line en prevención.)
VACACIONES Y FESTIVOS
-Días de libre disposición:
-3 días por asuntos personales (EBEP)
-4 días de compensación por el concepto de formación “on line” en
prevención.
-2 días de homologación del régimen general de los días
festivos (Acuerdo Ajuntament)
-días anuales en compensación de los sábados festivos
(variable según el año entre 1 y 3)
-Vacaciones anuales:
Se establecerán 2 turnos de
vacaciones en los meses de julio y agosto con el 50% de presencia en cada
turno. Habrá rotación en los turnos entre el personal y se permitirá la
organización interna de cada brigada mientras no perjudique el servicio.
El reparto del importe
correspondiente a la “Bolsa de vacaciones” será lineal y consolidable en
tablas.
Los 22 días hábiles anuales
de vacaciones se podrán realizar todos
seguidos o de manera fraccionada, según las necesidades del servicio, en períodos mínimos de una semana (5 días
hábiles de lunes a viernes) o la parte proporcional que corresponda cuando el
tiempo realmente trabajado es inferior al año.
Igualmente se podrá
autorizar el disfrute de manera fraccionada, de acuerdo con las necesidades del
servicio, de 7 de los 22 días de vacaciones.
REGULACIÓN PARA COMPLEMENTAR LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS EN SITUACIÓN DE
I.T.
(Decret d’Alcaldia)
Serán de aplicación las
mismas medidas que establece el Decret d’Alcaldia con la exclusión de lo siguiente:
-Bajas médicas por procesos
de enfermedad grave de las relacionadas en el anexo del Real Decreto 1148/2011
de 29 de julio.
-Bajas médicas derivadas de
enfermedades músculo-esqueléticas (se substituye por bajas medicas superiores a
30 días)
Las ausencias por motivos de
salud se consideraran ausencias justificadas un máximo de 48 horas continuadas,
dos veces en un año natural.
GARANTÍAS
Se modifica y actualiza el
contenido del Art. 11 del vigente convenio de acuerdo con lo que establecen los
Estatutos aprobados en fecha 14 de octubre de 2005.
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Se mantiene prácticamente en
su totalidad lo acordado en temas de salud laboral incluyendo el tema de las
novaciones aunque este punto finalmente pueda ser integrado dentro de otro
apartado del convenio.
El Instituto pondrá los
medios para que los trabajadores puedan acceder fuera de la jornada laboral a
la formación “on line” establecida sobre Prevención (29 horas al año)
pudiendo compensar el tiempo empleado
durante el año natural en períodos mínimos de una jornada completa (máximo 4
días), según las necesidades del servicio y garantizando siempre el 50% de
presencia de personal.
PROPUESTA ECONÓMICA (se
integra en dos conceptos)
-Bajo un primer concepto se
percibirá a la firma del presente acuerdo una cuantía según tabla de valores negociada
con la Dirección del Instituto en un solo pago con carácter lineal.
-Bajo un segundo concepto y
con posterioridad a la firma del nuevo convenio, se acordará en comisión de
seguimiento el abono de una cantidad (a negociar) para su inclusión en tablas
con carácter consolidable.
PLAN DE IGUALDAD
Reactivación de la Comisión de Igualdad
para la elaboración y publicación del Plan de Igualdad, debiéndose de hacer
efectivo el calendario de implantación del mismo antes de finalizar el año 2013.
DESDE UGT Y DESPUÉS DE REALIZAR UN BALANCE DEL PREACUERDO
EN TODA SU GLOBALIDAD, VALORAMOS POSITIVAMENTE LOS RESULTADOS OBTENIDOS Y EN
CONSECUENCIA SOLICITAMOS VUESTRA APROBACIÓN.
VOTA SÍ AL PREACUERDO
divendres, 22 de febrer del 2013
dimarts, 19 de febrer del 2013
dilluns, 11 de febrer del 2013
La campaña de descrédito que Rosell mantiene contra los empleados públicos |
responde a intereses económicos y politicos, no a la realidad.
La Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT ha señalado, a raíz de las opiniones recogidas en medios de comunicación por el presidente de la Patronal, Juan Rosell, que la campaña de desprestigio que éste ha emprendido contra los empleados públicos sólo responde a intereses económico y políticos y no a la realidad que se vive dentro de las Administraciones de nuestro país.
El sindicato considera que una parte del sector empresarial, que el señor Rosell representa, mira con codicia al sector público, donde ven una excelente oportunidad de negocio, incapaces como son de mantener y abrir nuevos mercados en el sector privado en la actual crisis económica.
Estas afirmaciones vejatorias no son un hecho aislado. En los últimos dos años el Rosell no ha dudado en cuestionar el trabajo de los trabajadores públicos basándose en cifras imprecisas, parciales o directamente sin ningún tipo de datos.
El desprecio generalizado al colectivo de empleados públicos, blandiendo tópicos decimonónicos, resulta tan falso e injusto como tachar a todos los empresarios de "delincuentes" atendiendo a ejemplos como el del anterior jefe de la patronal Díaz Ferrán.
Esta campaña no se da sólo en nuestro país. La estrategia de espolear a los ciudadanos contra el sector público con difamaciones, se ha producido en países como Grecia o Portugal. Las élites empresariales y de políticos neoliberales primero arremeten contra el sector público, acusándolo de ineficaz para más tarde justificar recortes, subcontratas y concesiones a empresas privadas de servicios públicos esenciales.
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divendres, 8 de febrer del 2013
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